¿Cómo recuperar un piso alquilado antes de tiempo?

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| Sector inmobiliario

Incluyendo la cláusula expresa que te autorice a recuperar un piso alquilado antes de tiempo en el redactado del contrato de alquiler que las partes firmarán.

Artículo 9.3 de la LAU: Requisitos para la recuperación anticipada de la vivienda

Condiciones Redactado de la norma Tiempo mínimo previo que debe pasar para ser ejecutado
Existencia explícita de esta previsión contractual

Se debe hacer constar:

 

“De manera expresa. La necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años".

Un año de contrato.
La relación directa con el propietario requisito para ser beneficiario de la restitución

[El arrendador podrá recuperar el piso alquilado por necesidad] “cuando lo destine a:

 

Sí mismo.

 

A sus familiares en primer grado de consanguinidad¹.

 

Una persona adoptada.

 

A su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.”

 
Exponer una causa justificada El arrendador deberá comunicar al arrendatario que necesita recuperar la vivienda “especificando una razón o varias”.  
¿Cómo notificar al inquilino que necesito el piso? Enviándole un burofax.  
¿Cuáles son los plazos para notificar la necesidad de recuperar el piso alquilado? Uno de “dos meses de antelación”.  

Grupo Housfy pone a tu alcance calcular la futura rentabilidad del alquiler.

¿Es eterno el derecho a recuperar el piso alquilado antes de tiempo?

En absoluto. Superado el trimestre, si ni el propietario ni sus familiares recuperan el piso, el legislador ordena compensar al inquilino por la privación indebida del derecho de uso y disfrute de la vivienda.

La siguiente tabla detalla la reparación del perjuicio:

Artículo 9.3 de la LAU: La protección del inquilino

   
Posibilidad de reinicio del contrato: En el plazo de treinta días, podrá pedir ser restituido en el pleno “uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo plazo de hasta cinco años”.
Previendo dos indemnizaciones:

a) Con una cantidad "equivalente a una mensualidad por cada año que quedase por cumplir hasta completar cinco años" (a menos que la ocupación no hubiera tenido lugar por causa de fuerza mayor).

 

b) [sufragándole al inquilino] "gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momento de la reocupación".

Además, como se ha avanzado, el derecho a recuperar el piso alquilado por necesidad no es incondicionado:

  • La cláusula que determina una eventual necesidad de recuperación debe constar explícitamente en el primer contrato que se firma.

  • Antes de recuperar el inmueble al menos debe haber pasado un año.

  • Solo será legal cuando el inquilino sea una persona física.

No hice constar la cláusula para ocupar el piso antes de tiempo en el contrato y ahora tengo urgencia. ¿Qué hago?

Esperar pacientemente al final del acuerdo.

Nunca entres al domicilio sin permiso, cometerías dos delitos muy graves:

  • Allanamiento de morada: Mientras el contrato de arrendamiento está en vigor, has cedido el uso y disfrute del piso.

  • Coacciones: Si no has cumplido con las previsiones del artículo 9.3 de la LAU, abstente de coaccionar al inquilino.

Como explica Grupo Housfy, inquilino y propietario tienen derechos.

Tácita reconducción y desahucio

¿Qué pasa cuando el contrato de alquiler ha superado su fecha legal de finalización y el propietario olvida mencionar este hecho al inquilino?

Que se activa el supuesto legal de la “tácita reconducción”. Para explicarlo acudimos al artículo 1.566 del Código Civil español: “Si al terminar el contrato, permanece el arrendatario disfrutando quince días de la cosa arrendada con aquiescencia del arrendador, se entiende que hay tácita reconducción por el tiempo que establecen los artículos 1.577 y 1.581²”.

Sí, existe la posibilidad de desahucio por fin de la tácita reconducción. Esto es así, incluso, cuando la inquilina alega una situación de vulnerabilidad social.

Este 2026 lo ha establecido una sentencia de la Audiencia de Girona. En la última tabla del texto la estudiamos:

Datos clave para entender el caso
El contrato de arrendamiento inicial fue firmado el 1 de enero de 2018.
El año 2018 regía la Ley 4/2013. Esta norma preveía contratos de tres años prorrogables por uno adicional.
Por lo tanto, el contrato terminó el 1 de enero de 2022.
Por burofax la propiedad comunicó en abril de 2024 su voluntad de finalizar el contrato el 31 de mayo de 2024.

Situación de iure: Cuando, de acuerdo con la ley vigente, un vínculo contractual ha extinguido todas las prórrogas legales se encuentra en “tácita reconducción”.

A raíz de esta sentencia vemos cómo recuperar el piso alquilado en tácita reconducción:

  1. Es necesario comunicar con burofax al inquilino la firme voluntad de finalizar el contrato.

  • [La comunicación debe emitirse] un mes antes del final del contrato.

Siempre que se cumplan las dos condiciones anteriores será legal recuperar un piso alquilado durante el período de tácita reconducción.

 

Ahora ya sabes cómo recuperar un piso alquilado antes de tiempo o, por el contrario, cuando el contrato ha terminado hace tiempo.

 

¹: Los familiares de primer grado de consanguinidad son los padres e hijos.

²: La duración establecida en el artículo 1.577 va vinculada a los terrenos rústicos y puede ser de hasta dos años. En cambio, el artículo 1.581 dice: “Si no se hubiese fijado plazo al arrendamiento, se entiende hecho por años cuando se ha fijado un alquiler anual, por meses cuando es mensual, por días cuando es diario. En todo caso cesa el arrendamiento, sin necesidad de requerimiento especial, cumplido el término".