Te guiamos hacia la tarifa regulada para la calefacción centralizada
En este artículo detallaremos la ayuda para instalar la calefacción centralizada en la comunidad de propietarios.
1. ¿Para qué contar con un sistema de calefacción centralizada en la comunidad de propietarios?
Hace veinte años lo común era la calefacción individualizada con una caldera en el interior de casa. Ahora estamos en otro paradigma: la Unión Europea quiere acelerar hacia la "transición verde" para conseguirlo las comunidades de propietarios tendrán que disponer de calefacción centralizada. Las ventajas de centralizar el consumo de una comunidad de propietarios (en lo sucesivo CP) son básicamente cuatro:
a) Se optimiza la producción de calor: esto pasa porque se calientan varias viviendas a la vez.
b) Deja de ser necesario que cada vecino disponga de una caldera a su vivienda: así, es minimiza el riesgo de accidente. ¿Quieres saber más? Aquí tienes un enlace sobre la inspección del gas.
c) El precio de mantenimiento de una caldera comunitaria es menor que si cada cual tiene la suya.
d) Se produce una economía de escala: al adquirir grandes volúmenes de combustible a las comercializadoras les sale a cuenta ofrecer precios más baratos.
2. Requisitos para acogerse a la tarifa de último recurso (en lo sucesivo "TUR") para calefacción centralizada a la CP ¿Qué debes saber de la nueva tarifa "TUR 4 de ahorro vecinal"?:
a) Estará vigente hasta el 31/12/23. La fecha hoy es esta, ahora bien, no descartamos que cambie dependiendo de varios factores: el éxito del programa, la guerra de Ucrania u algún otro que ahora no podemos imaginar.
b) Los repartidores de consumo tendrán que instalarse antes del 30/09/23.
c) Si en 2022 no es posible hacer las obras dirigidas a: la repartición de costes o contadores de calor, estas actuaciones se tendrán que aprobar en Junta de Propietarios antes del 30/09/23.
d) Habrá CP's donde, por razones técnicas, no será posible instalar los contadores. Si este es el caso, la tarifa regulada, previa presentación de un informe técnico que así lo acredite, será la alternativa.
e) La CP tiene que contar con el informe de eficiencia energética.
3. ¿Cómo solicitar la TUR?
a) Si la Comunidad de Propietarios ya dispone de contadores o repartidores de coste, el presidente/a, o un representante autorizado, tiene que certificar que se cumple con los requisitos anteriores.
b) Si no se tienen instalados sistemas de contabilización individual de consumo, el administrador/a de fincas colegiado/a tiene que expedir un certificado, con el visto bueno del presidente/a, del acuerdo tomado en la Junta de Propietarios.
c) Como se ha dicho más arriba, la Junta de Propietarios se tiene que comprometer con su instalación antes del 30 de septiembre de 2023.
d) Como se ha dicho más arriba, se requiere Informe de la Inspección de Eficiencia Energética en vigor.
Estamos en invierno, por lo tanto, cobra especial sentido explicar con claridad cómo acceder a la TUR y a la calefacción centralizada. Todo lo anterior, sin embargo, se puede resumir en una frase: "calentar la vivienda, ahorrando y cuidando el medio ambiente, nunca había sido tan fácil".