Miércoles 8 de abril: inicio declaración de la renda 2026

16 | 03 | 26
| Consejos para ti

El 8 de abril comienza la campaña de la renta 2026. Hoy ofrecemos las respuestas clave para cumplir con tus obligaciones tributarias.

¿Qué diez circunstancias obligan a realizar la declaración de la renta 2026?

 

  • Percibir más de 22.000 € de un solo pagador.

  • Cobrar más de 15.876 € de varios pagadores.

  • Ser autónomo o tener otras fuentes de ingresos.

  • Haberse beneficiado de prestaciones por desempleo.

  • Superar los 1.600 € anuales en ganancias patrimoniales.

  • Haber vendido un inmueble u otros bienes patrimoniales.

  • Cobrar rendimientos por alquileres.

  • Abonar pensiones compensatorias o de alimentos.

  • Realizar aportaciones a mutualidades y planes de pensiones.

  • Deducir por el pago de cuotas de hipoteca.

 

Declaración de la renta 2026: plazos clave e información de contacto de Hacienda

 

Plazos clave declaración de la renta 2026

Objetivo en cada plazo respecto a la declaración

8/4/26-30/6/26

 Presentación vía Internet

6/5/26-30/6/26 (solicitud de cita 29/4-29/6)

 Elaboración vía teléfono

1/6/26-30/6/26 (solicitud de cita desde el 29/5-29/6)

Confección presencial en las oficinas de Hacienda 

 

Información de contacto de la Agencia Tributaria

  • Internet: https://sede.agenciatributaria.gob.es/

  • Teléfono automático 1: 91 535 73 26

  • Teléfono automático 2: 901 12 12 24

  • Cita previa para Renta 1: 91 553 00 71

  • Cita previa para Renta 2: 901 22 33 44

 

Servicio Housfy a partir del lunes 30 de marzo: Realización de la declaración de la renta 2026

 

Documentación imprescindible:

  1. Declaración de la renta de 2024.

  2. DNI de todos los miembros de la unidad familiar.

  3. Certificados de ingresos de 2025 de todos los miembros de la familia.

  4. Certificados de bancos y cajas de ahorros de 2025.

  5. Recibos del IBI 2025 de todas las propiedades.

  6. Certificado de hipoteca de 2025 (si corresponde).

  7. Importe de ingresos y gastos de 2025 en caso de tener propiedades alquiladas.

  8. Comunidades de Bienes: Modelo 184/2025.

  9. Inquilinos: Datos del propietario y número de referencia catastral de la vivienda alquilada.

  10. Empresarios: Pagos fraccionados anticipados de la renta 2025 (modelos 130/131).

    • Módulos: Datos base para su cálculo.

    • Estimación Directa: Importe de ingresos, compras, sueldos, Seguridad Social, autónomos, alquileres, reparaciones, suministros, gastos financieros, amortizaciones y otros gastos deducibles.

  11. Venta de inmuebles: Escrituras de compra (con gastos de adquisición), escrituras de venta y gastos de transmisión.

  12. Planes de Pensiones o Cuenta-vivienda: Certificado correspondiente.

¿ Dónde ofrecemos este servicio?

  • Finques Feliu en Badalona: Calle Conquista, 94. Atención online y presencial.

  • Finques Feliu en Cornellà: Calle Sant Jeroni, 5. Atención online y presencial.

  • Finques Olivares en Barcelona: Calle Bailén, 121. Atención online y presencial.

  • Finques Martínez en Barcelona: Paseo Valldaura, 128, local 5. Atención exclusivamente presencial.

 

¿Qué peligro supone confirmar el borrador de la renta sin revisarlo?

Que contenga errores u omisiones. Ten en cuenta que:

  • El borrador no es una liquidación definitiva, sino una propuesta de declaración.

  • Al confirmarlo, los datos se consideran legalmente como tuyos; por tanto, como contribuyente, eres el único responsable legal.

Sanciones por omisiones u errores:

Nivel de infracción Descripción Importe de la sanción
Leve Base inferior a 3.000 € o superior sin ocultación. 50% de la cantidad no ingresada.
Grave Base superior a 3.000 € con ocultación. Entre el 50% y el 100% del importe.
Muy Grave Uso de medios fraudulentos (facturas falsas, etc.). Entre el 100% y el 150% del importe.

Errores de naturaleza formal (sin perjuicio económico):

  • Datos incompletos o incorrectos: Multa fija de 150 €.

  • No comunicar el cambio de domicilio fiscal: Multa de 100 €.

  • Declaración "a devolver" fuera de plazo: Multa de 100 €.

 

Puntos clave a revisar:

Un borrador desactualizado puede omitir cambios recientes en tu situación personal, afectando directamente al cálculo del impuesto.

  1. Estado civil y datos personales: Matrimonios, divorcios o nacimientos durante el año fiscal. Una falta de actualización distorsiona el cálculo del mínimo personal y familiar.

  2. Circunstancias familiares especiales: Deducción por maternidad (Casilla 0602).

    • Deducciones por discapacidad o familia numerosa (Casillas 0623 y 0660).

  3. Referencia catastral: Comprobar que sea la correcta para tu vivienda.

  4. Gastos deducibles del trabajo: Cuotas sindicales (Casilla 0014) y gastos de defensa jurídica (Casilla 0016).

  5. Aportaciones a ONG: Casilla 0723.

  6. Alquiler de vivienda: Deducción estatal para contratos anteriores a 2015.

    • Deducciones autonómicas.

    • Arrendamiento como propietario (Casilla 0102 y siguientes).

    • Inversión en vivienda habitual (Casillas 0698 y 0699): Solo para compras anteriores al 1 de enero de 2013.

Antes de enviarla, lee detenidamente la declaración. Si detectas un error tras la presentación, deberás realizar una autoliquidación rectificativa a través de Renta WEB.

Gracias a esta guía de Grupo Housfy, ya cuentas con los conocimientos necesarios para rendir cuentas ante la Administración Tributaria con total seguridad.